/ domingo 19 de julio de 2020

Piden ejercer acción penal contra alcalde

El munícipe es acusado de hostigamiento laboral y sexual contra dos funcionarias de su ayuntamiento

La asociación civil de mujeres Red por la Paridad de Efectiva de Género, exige a la Fiscalía General de Justicia, actuación en la denuncia R.A.0417-07B-1001-2020, interpuesta el 5 de marzo de este año por Wendy Lorena López Gómez, operadora de Protección Civil, del ayuntamiento de Plantelhó, y Federica Gómez Díaz, directora de alimentos del DIF de ese municipio, por hostigamiento sexual y laboral, en contra del presidente municipal, Santos López Hernández, militante del Partido de la Revolución Democracia (PRD).

La organización acompaña a las servidoras públicas municipales en la exigencia de justicia y castigo al agresor, la actitud de abuso y prepotencia del munícipe Santos López, sustentada en el artículo 237 del Código Penal para el Estado de Chiapas; la omisión o negligencia pone en mayor riesgo a las funcionarias y empodera al agresor.

"Comete el delito de hostigamiento sexual, el que acose o asesor con fines o moviles lascivos a otra persona de cualquier sexo, amenazándola con causarle un mal, valiéndose para ello de su posición jerárquica, de su situación laboral, docente, doméstica o cualquier otra que implique ventaja sobre el sujeto pasivo".

Foto: Isaí López | El Heraldo de Chiapas

Las argumentaciones de las funcionarias públicas municipales de Plantelhó agredidas lleva a aplicar el artículo 238 del Código Penal para el Estado de Chiapas: "Si el hostigador sexual fuese un servidor público y se aprovecha de esta circunstancia, además de las sanciones señaladas, se le destituirá del cargo y se le inhabilitará para ocupar cualquier otro hasta un lapso igual al de la pena de prisión impuesta".

Afirma que la violencia hacia las mujeres por razones de género es una constante amenaza que irrumpe las esferas de la administración pública, como ocurre con la agresión sexual y laboral perpetrada por el presidente municipal de Plantelhó, Santos López, y que afecta a las mujeres que participan profesionalmente en la administración pública municipal, acciones deleznables que redundan en menoscabar o anular sus derechos en el ejercicio de sus cargos públicos.

Lamentablemente, exponen, la falta de sanción por parte de la Fiscalía General de Justicia, ha recrudecido el hostigamiento por parte del presidente municipal a tal grado que pone en peligro la vida de las dos servidoras públicas, que se sienten descobijadas de la justicia, de toda acción que garanticen y coadyuve a su pleno ejercicio laboral libre de violencia.

La asociación civil de mujeres Red por la Paridad de Efectiva de Género, exige a la Fiscalía General de Justicia, actuación en la denuncia R.A.0417-07B-1001-2020, interpuesta el 5 de marzo de este año por Wendy Lorena López Gómez, operadora de Protección Civil, del ayuntamiento de Plantelhó, y Federica Gómez Díaz, directora de alimentos del DIF de ese municipio, por hostigamiento sexual y laboral, en contra del presidente municipal, Santos López Hernández, militante del Partido de la Revolución Democracia (PRD).

La organización acompaña a las servidoras públicas municipales en la exigencia de justicia y castigo al agresor, la actitud de abuso y prepotencia del munícipe Santos López, sustentada en el artículo 237 del Código Penal para el Estado de Chiapas; la omisión o negligencia pone en mayor riesgo a las funcionarias y empodera al agresor.

"Comete el delito de hostigamiento sexual, el que acose o asesor con fines o moviles lascivos a otra persona de cualquier sexo, amenazándola con causarle un mal, valiéndose para ello de su posición jerárquica, de su situación laboral, docente, doméstica o cualquier otra que implique ventaja sobre el sujeto pasivo".

Foto: Isaí López | El Heraldo de Chiapas

Las argumentaciones de las funcionarias públicas municipales de Plantelhó agredidas lleva a aplicar el artículo 238 del Código Penal para el Estado de Chiapas: "Si el hostigador sexual fuese un servidor público y se aprovecha de esta circunstancia, además de las sanciones señaladas, se le destituirá del cargo y se le inhabilitará para ocupar cualquier otro hasta un lapso igual al de la pena de prisión impuesta".

Afirma que la violencia hacia las mujeres por razones de género es una constante amenaza que irrumpe las esferas de la administración pública, como ocurre con la agresión sexual y laboral perpetrada por el presidente municipal de Plantelhó, Santos López, y que afecta a las mujeres que participan profesionalmente en la administración pública municipal, acciones deleznables que redundan en menoscabar o anular sus derechos en el ejercicio de sus cargos públicos.

Lamentablemente, exponen, la falta de sanción por parte de la Fiscalía General de Justicia, ha recrudecido el hostigamiento por parte del presidente municipal a tal grado que pone en peligro la vida de las dos servidoras públicas, que se sienten descobijadas de la justicia, de toda acción que garanticen y coadyuve a su pleno ejercicio laboral libre de violencia.

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