/ martes 24 de octubre de 2017

Oposición presenta punto de acuerdo para objetar cese de Santiago Nieto en Fepade

Califican de 'omiso' al encargado de la PGR, Alberto Elías Beltrán, por no notificar los fundamentos y los motivos

Las bancadas del PAN y PRD en el Senado presentaron puntos de acuerdo de objeción a la destitución del ex titular de la Fepade, Santiago Nieto Castillo, al calificar de “omiso” al encargado de la PGR, Alberto Elías Beltrán, por no notificar los fundamentos y los motivos, “en perjuicio del interés jurídico del Senado de la República”.

El documento publicado en la Gaceta destaca que las fracciones de los artículos 63 y 64 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, “no establece como causal de remoción de los servidores públicos de la PGR transgredir el Código de Ética”.

“Tratándose de una sanción, como lo es el acto de remover a un servidor público (en el caso del Fiscal Especializado en Delitos Electorales), el acto de autoridad elude los elementos bajo los cuales debe establecerse el nivel de sanción en razón de la gravedad de la conducta realizada por el servidor público, determinado en el artículo 73 de la Ley Orgánica de la PGR’’.

 

Además, la remoción del Fiscal, si bien es una atribución libre del procurador, está sujeta a los principios de legalidad y previa audiencia establecidos en los artículos 14 y 16 constitucionales y sujeta al procedimiento establecido en el artículo 74 de la Ley Orgánica de la PGR.

DEFINEN MÉTODO PARA ECHAR ATRÁS LA DESTITUCIÓN

Asimismo, la Junta de Coordinación Política del Senado se reúne de manera privada para definir el método que se utilizará para objetar la destitución de Nieto en la Fepade.

También están definiendo la fecha en la que se citará al encargado de la PGR, Alberto Elías, y al fiscal.

Las bancadas del PAN y PRD en el Senado presentaron puntos de acuerdo de objeción a la destitución del ex titular de la Fepade, Santiago Nieto Castillo, al calificar de “omiso” al encargado de la PGR, Alberto Elías Beltrán, por no notificar los fundamentos y los motivos, “en perjuicio del interés jurídico del Senado de la República”.

El documento publicado en la Gaceta destaca que las fracciones de los artículos 63 y 64 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, “no establece como causal de remoción de los servidores públicos de la PGR transgredir el Código de Ética”.

“Tratándose de una sanción, como lo es el acto de remover a un servidor público (en el caso del Fiscal Especializado en Delitos Electorales), el acto de autoridad elude los elementos bajo los cuales debe establecerse el nivel de sanción en razón de la gravedad de la conducta realizada por el servidor público, determinado en el artículo 73 de la Ley Orgánica de la PGR’’.

 

Además, la remoción del Fiscal, si bien es una atribución libre del procurador, está sujeta a los principios de legalidad y previa audiencia establecidos en los artículos 14 y 16 constitucionales y sujeta al procedimiento establecido en el artículo 74 de la Ley Orgánica de la PGR.

DEFINEN MÉTODO PARA ECHAR ATRÁS LA DESTITUCIÓN

Asimismo, la Junta de Coordinación Política del Senado se reúne de manera privada para definir el método que se utilizará para objetar la destitución de Nieto en la Fepade.

También están definiendo la fecha en la que se citará al encargado de la PGR, Alberto Elías, y al fiscal.

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